APUNTES BIOGRÁFICOS SOBRE MADRE CÁNDIDA DE SAN AGUSTÍN 2, 1

martes, 16 de octubre de 2012
                                                   II

VIDA RELIGIOSA DE LA SIERVA DE DIOS SOR MARÍA CÁNDIDA DE SAN AGUSTÍN EN TOLEDO.- FUNDACIÓN DEL CONVENTO DE AGUSTINAS DE VALDEPEÑAS

     87.    Había dicho siendo muy niña la Madre María Cándida que fundaría un convento de religiosas en Valdepeñas, y siendo religiosa dijo a Sor Dolores, muchos años antes de comenzar la fundación, que el Señor la había manifestado que habían de hacerla las dos, siendo dicha Sor Dolores su compañera en todo, y que este favor era el mayor que el Señor había hecho en toda su vida a Sor Dolores.

      88.    Acercándose el tiempo de la fundación volvió a recordar a Sor Dolores lo que el Señor quería acerca de este asunto, añadiendo: "Y quiere que tú me acompañes y seas mi Cirineo: ¿podrás beber el cáliz que yo beba?" Sor Dolores contestó que estaba dispuesta a todo lo que el Señor exigiese y que hasta la muerte y más allá no se separaría de ella.

     89.    Mandando después el Señor a la Madre María Cándida que procediese a hacer dicha fundación, todos sus apuros eran cómo la habían de hacer ella y su compañera; ésta, animándola, la decía: "El Señor te lo manda, pues Él te lo dará."

     90.    Siendo Priora en Alcalá, presentó la Madre María Cándida un escrito al Ayuntamiento de Valdepeñas pidiendo autorización para fundar allí un convento de religiosas Agustinas, autorización que le fué fácilmente concedida, porque el pueblo, que ya había adquirido la iglesia del antiguo convento de Trinitarios Descalzos, deseaba que, aprovechando el solar y escombros de dicho convento, se fundase allí un monasterio de religiosas dedicadas a la enseñanza de las niñas.

En primer plano, iglesia de la Asunción y al fondo, fachada del Ayuntamiento.  

     91.    Obtenida esta licencia, empezó la Madre María Cándida a recoger limosnas con destino a esta fundación; y eran tantas las que recibía, que dentro y fuera de su convento de Alcalá se levantaron contra ella grandes envidias, hasta el extremo de ser acusada por esto ante el Vicario General de Alcalá.

     92.    Fué éste al convento, y llamando a la Madre, la reprendió severamente en alta voz, con palabras muy ásperas y pesadas; acercóse Sor Dolores, compañera de la Madre, al locutorio, temerosa de que la sucediese algo a causa de tan dura reprensión, y fué también ella fuertemente reprendida y echada a gritos del locutorio. La Madre estuvo todo el tiempo con la vista en el suelo, sin contestar palabra y con gran tranquilidad;  y el Vicario General, que tan mal la había tratado, al ver tanta paciencia, cambiando de tono, la dijo: "-Estará usted inocente, mas no obstante, para usted será el bien. Yo, por mi parte, la faculto a usted y la doy mi licencia para que reciba las limosnas y las gaste para lo que son." Esto lo dijo en voz alta, de modo que lo oyeron las personas que estaban fuera, incluso la religiosa que había dado causa a la acusación. Cuando salió la Madre del locutorio le dijo la Madre Dolores de Jesús: "-Bienaventurada eres, porque padeces persecución por la justicia", y a los pocos días el mismo Vicario General escribió a la Madre diciendo: "-Hija mía, obre usted con mucha prudencia, porque me sofocan por dentro y por fuera."

     93.    San Felipe Neri la dijo también en Alcalá: "-Mira, en todas las vidas que van escritas hasta ahora, ninguna ha padecido tanto como tú por envidia de las criaturas."

     94.    El año 1852, con fecha 16 de Agosto, el Ayuntamiento de Valdepeñas, por conducto del eminentísimo señor Cardenal Arzobispo de Toledo, presentó una exposición a la Reina, solicitando permiso para fundar en la villa un convento de religiosas Agustinas, con destino a la educación y enseñanza de niñas, bajo la dirección de la Madre Sor María Cándida de San Agustín. A ésta ya le había autorizado el eminentísimo señor Cardenal Arzobispo de Toledo para aceptar esta fundación. La Real Cámara, el 18 del mismo mes de Agosto, pidió informe al Gobernador civil de Ciudad Real, que le dió favorable el 16 de Septiembre, y el 3 de Octubre fué consultada la Curia eclesiástica de Toledo acerca de los medios con que contaba la fundación. La Curia eclesiástica, previo informe del Ayuntamiento, que con el vecindario se comprometía a costear los gastos del culto, capellán, sacristán, enfermería y primeros gastos del edificio, evacuó favorablemente la consulta el 27 de Febrero de 1853. La Madre María Cándida, en carta de 18 de Marzo de 1853, decía a la Madre Carlota, religiosa de las Salesas Reales de Madrid: "Mi fundación está para despacharse y espero diga usted a su Señor hermano se interese cuanto pueda por su buen éxito."

     95.    La Real Cámara pidió luego dictamen al Ministerio fiscal el 23 de Marzo de 1853 y éste opinó el 25 de Abril que faltaban las condiciones de perpetuidad y de renta, que se debía pedir licencia a Su Majestad para recaudar fondos, que se debía  adquirir el local, edificar el convento y comprar la renta de 12 a 16.000 reales, y que después debían acreditarse las buenas condiciones del edificio, acompañarse los estatutos por los cuales se había de regir la Comunidad y expresarse el número de religiosas que habían de componerla con el aproximado de niñas internas y externas que podrían recibir instrucción.
     De conformidad con este dictamen, se dió la Real orden de 24 de Mayo de 1853, por el ministro de Gracia y Justicia, y fué comunicada por el eminentísimo señor Cardenal Arzobispo de Toledo el 6 de Junio al Ayuntamiento de Valdepeñas para que la cumpliese, si deseaba obtener la fundación.

     96.    Por medio del mismo señor Cardenal Arzobispo representó al Gobierno el Ayuntamiento los invonvenientes de las condiciones impuestas y la inseguridad del permiso, aunque todas se cumpliesen, y garantizó lo necesario con tal que se diesen la Real orden asegurando la fundación. El Gobierno contestó con Real orden de 16 de Diciembre de 1853, comunicada al Ayuntamiento por medio del Cardenal, modificando alguna de las condiciones, pero dejando en vigor la reedificación del convento y constitución de la renta de 12.000 reales para gastos del culto, capellán y enfermería.

        

Valdepeñas,vista general


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