APUNTES BIOGRÁFICOS SOBRE MADRE CÁNDIDA DE SAN AGUSTÍN 2 - 4

viernes, 9 de noviembre de 2012
     113.    Todos la daban algo, de toda clase de personas; había pobres que la daban hasta cuatro cuartos, que ella recibía con grandes muestras de gratitud; pero cuando alguna persona, llevada de buen deseo, daba más de lo que podía, sabía, después de agradecer la buena voluntad, devolvérselo hasta milagrosamente. Tal sucedió con una señora Isabel, mujer de un señor Sampayo de Villa del Prado, que dió de limosna a la Madre tres pesetas y después las encontró en su casa debajo de una taza en el vasar.
     Y así hizo el convento de Valdepeñas, como el Señor se lo mandó.

     114.    Se habían empezado las obras de la fundación de Valdepeñas el año 1853 y en 10 de Enero de 1854 mandó el eminentísimo señor Cardenal Arzobispo a la Madre María Cándida que hiciese esta fundación y empezase las obras: continuaron éstas en 1854, como habían empezado en 1853, bajo la dirección de D. Juan Alfonso de Castro, que hacía los pagos sin expresar que los fondos los recibía de la Madre María Cándida de San Agustín; pero la falta de pago a los operarios y las quejas de éstos fueron causa de que la Madre mandase para dirigir las obras a su confesor D. Cesáreo Humarán, quien llegó a Valdepeñas en Febrero de 1855, pagó los atrasos, tranquilizó los ánimos y dió nuevo impulso a las obras.

     115.    En 10 de Febrero de 1855 había obtenido la Madre del Superintendente de los Conventos de Religiosas del Arzobispado de Toledo, licencia para la adquisición del local y obras realizadas mediante la venta de los bienes que la habían correspondido de la testamentaría de su padre, y el 20 del mismo mes la hizo cesión de dichas obras y local el citado señor D. Juan Alfonso de Castro.

     116.    En 21 de Mayo de 1853 habían solicitado cinco concejales del Ayuntamiento de Valdepeñas la suspensión del expediente de fundación, que no pudieron conseguir, y el Ayuntamiento, en dos ocasiones distintas, pidió el año 1855 la traslación de la Madre María Cándida de San Agustín, con sus religiosas, a Valdepeñas, que no les fué concedida por no cumplirse la Real orden de 24 de Mayo de 1853.

     117.    El mismo año 1855, por Real orden de 21 de Mayo, se mandaron suspender las obras de la fundación hasta ver con qué fondos y autorización se hacían, comisionando el Consejo de las Ordenes al párroco D. Vicente Mejía para formar el expediente de cumplimiento de dicha Real orden. El 25 de Noviembre se dió otra Real orden prohibiendo la edificación para convento y, paralizadas las obras, D. Cesáreo Humarán se volvió a Toledo.

     118.    No se desalentó por eso la Madre María Cándida. En Febrero de 1856 fué de nuevo a Valdepeñas D. Cesáreo Humarán para continuar las obras. Pidió el mismo año la Madre la revocación de las Reales órdenes que las suspendían y la obtuvo el 13 de Diciembre. Pidió también el 15 del mismo mes de Diciembre de 1856 licencia, que ya había intentado conseguir de la Reina con memorial dirigido a ella con fecha 6 de Octubre, para trasladarse a su nuevo convento; pero se la contestó que se cumpliese la Real orden de 24 de Mayo de 1853.
    
     119.    Con motivo de esta respuesta, se examinaron los documentos, y se vió que la fundadora no era propietaria, sino sólo usufructuaria de lo comprado con los fondos de la fundación, siendo el propietario D. Juan Alfonso de Castro, de quien con no poco trabajo se consiguió que en escritura de 19 de Febrero de 1857 declarase que la compra del solar y la reedificación de convento se habían hecho con fondos pertenecientes a la fundación, suministrados por la Madre María Cándida de San Agustín. También el Ayuntamiento de Valdepeñas, con escritura de 16 de Abril de 1857, a cambio de una parte de terreno llamado la Lonja o Glorieta, cedió al nuevo convento la iglesia que había sido de los Padres Trinitarios Descalzos de Valdepeñas. La carta de pago y finiquito de la cantidad de 32.000 reales en que fueron vendidos el solar y escombros del antiguo convento de Trinitarios Descalzos se otorgó ante el escribano D. Juan Antonio García en 29 de Mayo de 1857. Y con estas diligencias quedó cumplida una de las principales condiciones que exigía la Real orden de 24 de Mayo de 1853 para autorizar la fundación.

Fachada norte y Glorieta 


     120.    Solicitó también la Madre María Cándida de su Majestad la Reina que la renta de 12.000 reales que exigía la Real orden de 16 de Diciembre de 1853 para la fundación, se redujese a 6.000 reales y consiguió en 22 de Julio de 1857 quedase reducida a 8.620 reales, que era la renta que tenían asignada los demás conventos; pero no tenía la Madre la correspondiente cantidad de papel del Estado que pudiera producirla y era necesario adquirir.

     121.    En 31 de Diciembre de 1857, confiada absolutamente en la divina providencia, pidió dispensa de la constitución de dicha renta y la Real orden para trasladarse a su convento de Valdepeñas, pero en 20 de Enero de 1858 se le negó la gracia solicitada.

     122.    Don Cesáreo Humarán, que había vuelto a Toledo en Septiembre de 1856, fué de nuevo a Valdepeñas en Febrero de 1857 y, además de conseguir dejar asegurada la propiedad del convento, dió nuevo impulso a las obras. Tuvo que ausentarse a principios de Agosto por haber sido nombrado Beneficiado; pero volvió en Marzo del año siguiente 1858, y en pocos meses, pues marchó a Toledo en Junio, consiguió de los artistas que terminasen en cuanto a lo más necesario las obras. Quedaban concluidas doce celdas, coros alto y bajo, sacristía, sala de labor, refectorio alto y cocina, torno, dos locutorios, varias oficinas y una fuerte cerca que aseguraba la clausura.


Convento de Agustinas tras la ocupación de los presos en la guerra de 1936.  Fachada sur.
     123.    En este mismo año 1858 solicitó la Madre María Cándida de la Santa Sede facultad apostólica para la erección canónica de su convento de Valdepeñas, y el Cardenal Prefecto de la Sagrada Congregación de Obispos y Regulares, antes de proveer, pidió informe al Arzobispo de Toledo y al Nuncio de Su Santidad en España. Ambos le dieron favorable, el señor Arzobispo en 21 de Noviembre de 1858, previo el del Superintendente de los conventos de Religiosas de 26 de Septiembre de 1858, también favorable, y el señor Nuncio en 9 de Febrero de 1859, después de oir al mismo señor Arzobispo que le había contestado el día antes. Con estos antecedentes la Sagrada Congregación de Obispos y Regulares concedió la facultad para la erección del convento con votos simples, encargando de su ejecución al citado señor Arzobispo de Toledo, el 8 de Abril de 1859; pero después, antes de la profesión de las primeras novicias en el convento de Valdepeñas, se consiguió con rescripto de 19 de Enero de 1877, ejecutado en 15 de Febrero del mismo año, que los votos fuesen solemnes.

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